Artículo 37 del Reglamento de la Ley de Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco en el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 37 dice que varias autoridades, como la Secretaría de Salud, el ISEM, el IMCA y los municipios, tienen la tarea de revisar que todas las personas y lugares cumplan con esta Ley, sus reglas y otras normas. Cada una de estas autoridades se encarga de vigilar solo en lo que les toca según su área de trabajo. En pocas palabras, son los que se aseguran de que todo se haga como está estipulado. Si alguien no obedece, ellos pueden intervenir.
Texto oficial
Artículo 37. Corresponde a la Secretaría, al ISEM, al IMCA y a los municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, la vigilancia del cumplimiento de la Ley, de este Reglamento y demás disposiciones legales aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.