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Artículo 28 del Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una persona que firma como aval o fiador es la que se compromete por escrito a pagar o cumplir si el beneficiado no lo hace. Básicamente, es como un respaldo: si la persona principal falla, el aval responde. Ese compromiso lo deja por escrito para que quede claro.

Texto oficial

Artículo 28.- Es la persona que garantiza por escrito, que el beneficiado, cumplirá con todas sus obligaciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.