Artículo 28 del Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Una persona que firma como aval o fiador es la que se compromete por escrito a pagar o cumplir si el beneficiado no lo hace. Básicamente, es como un respaldo: si la persona principal falla, el aval responde. Ese compromiso lo deja por escrito para que quede claro.
Texto oficial
Artículo 28.- Es la persona que garantiza por escrito, que el beneficiado, cumplirá con todas sus obligaciones.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.