Artículo 6 del Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo para el Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 6 explica que el sistema de monitoreo electrónico usa aparatos tecnológicos para vigilar y asegurar que una persona cumpla su arresto en un lugar que las autoridades elijan, como su casa, trabajo o escuela. La persona tendrá que usar un brazalete o un aparato en el tobillo que envía señales, y también habrá equipos de vigilancia en el domicilio para controlar que no se salga del lugar permitido.
Texto oficial
Artículo 6.- El mecanismo del sistema de monitoreo electrónico estará compuesto de equipos electrónicos que permitirán la supervisión, control, y deberán asegurar el cumplimiento de un arresto en un lugar definido por las autoridades ya sea en el domicilio, trabajo, escuela, entre otros. Este sistema incluirá componentes que en su conjunto permitan realizar el control del beneficiado a través de un transmisor de muñeca o de tobillo que usará dicha persona y las unidades de vigilancia domiciliarias.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.