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Artículo 5 del Reglamento para el Otorgamiento del Beneficio de Libertad Condicionada al Sistema de Localización y Rastreo para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Sistema de Monitoreo Electrónico usa los celulares para conectar los dispositivos que llevan puestos los beneficiados (como un brazalete o tobillera) con los que vigilan los operadores, enviando su ubicación por GPS y una línea telefónica de respaldo. El sistema sirve como un intermediario que junta información todo el tiempo para saber si el beneficiado está cumpliendo con las reglas, y si algo sale mal (como salirse de una zona permitida), el sistema lo reporta y se toman medidas de seguridad. Además, el sistema funciona sin parar, las 24 horas del día, todos los días del año.

Texto oficial

Artículo 5.- En este Sistema de Monitoreo Electrónico, la conectividad entre dispositivos de emisión y recepción, será a través de telefonía celular para enviar datos de geoposicionamiento (GPS), así como una línea telefónica digital de apoyo. Este sistema funcionará como un mediador entre el entorno de los beneficiados y el entorno de los operadores para reunir constantemente información de seguimiento y de monitoreo donde notifique los eventos que constituyan una excepción, y en tales casos tomar medidas de contingencia al beneficiado. El funcionamiento en línea será las 24 horas del día de los 365 días del año.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.