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Artículo 1 del Reglamento de Coordinación y Participación Catastral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este reglamento sirve para que el gobierno del Estado de México y los municipios trabajen juntos y se pongan de acuerdo en todo lo relacionado con el catastro. El catastro es un registro oficial que contiene datos de los terrenos y propiedades, como su tamaño, dueño y ubicación. El instituto encargado se llama IGECEM, y los ayuntamientos son los gobiernos de cada municipio.

Texto oficial

Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la coordinación y participación en materia catastral entre el Estado, a través del Instituto de Información e Investigación Geográfica, Estadística y Catastral del Estado de México y los ayuntamientos de la entidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.