Artículo 1 del Reglamento de Coordinación y Participación Catastral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este reglamento sirve para que el gobierno del Estado de México y los municipios trabajen juntos y se pongan de acuerdo en todo lo relacionado con el catastro. El catastro es un registro oficial que contiene datos de los terrenos y propiedades, como su tamaño, dueño y ubicación. El instituto encargado se llama IGECEM, y los ayuntamientos son los gobiernos de cada municipio.
Texto oficial
Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la coordinación y participación en materia catastral entre el Estado, a través del Instituto de Información e Investigación Geográfica, Estadística y Catastral del Estado de México y los ayuntamientos de la entidad.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.