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Artículo 14 del Reglamento de Coordinación y Participación Catastral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Secretario Técnico es como el encargado de organizar las juntas de la Comisión y hacer que todo funcione. Tiene que invitar a las reuniones, ya sean las normales o las urgentes, y preparar la lista de temas que se van a tratar. Esa lista se la debe avisar a todos los miembros al menos cinco días hábiles antes de la reunión (los días hábiles son de lunes a viernes, sin contar festivos). También debe escribir un acta de lo que se habló en cada junta, y pedirle a todos los que asistieron que la firmen para que sea oficial. Por último, tiene que checar que los acuerdos que se tomen en las reuniones realmente se cumplan.

Texto oficial

Artículo 14.- Al Secretario Técnico le corresponde entre otras actividades administrativas que le encarguen el Presidente o el Coordinador de la Comisión, las siguientes: I. Convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión. II. Elaborar el orden del día para cada sesión, que dará a conocer a sus integrantes por lo menos con cinco días hábiles de anticipación. III. Redactar las actas de las sesiones de la Comisión, mismas que se formalizarán con las firmas de los asistentes. IV. Dar seguimiento a los acuerdos generados en las sesiones la Comisión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.