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Artículo 33 del Reglamento de Coordinación y Participación Catastral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el gobierno del estado y los municipios firman un acuerdo para trabajar juntos en el tema del catastro (que es el registro de terrenos y construcciones), las multas o castigos por no cumplir lo pactado se detallan directamente en ese mismo contrato, no en otra ley. Las reglas temporales dicen que este reglamento comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2009. También se ordenó que se publicara en el periódico oficial del gobierno para que todos lo conozcan. Además, todo lo que esté en este reglamento anula cualquier otra regla parecida que vaya en contra de lo que dice.

Texto oficial

Artículo 33.- Tratándose de los convenios de coordinación y participación catastral, celebrados por los gobiernos estatal y municipales, las sanciones aplicables quedarán establecidas en las cláusulas correspondientes. T R A N S I T O R I O S PRIMERO.- El presente Reglamento entrará en vigor el primero de enero de dos mil nueve. SEGUNDO.- Publíquese el presente Reglamento en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”. TERCERO.- Las disposiciones establecidas en el presente ordenamiento dejan sin efecto a aquellas de igual o menor jerarquía que las contravengan. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los diez días del mes de diciembre de dos mil ocho. SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 01 de enero de 2009. Última reforma POGG 21 de enero de 2013 LIC. ENRIQUE PEÑA NIETO (RUBRICA). EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO DR. VÍCTOR HUMBERTO BENÍTEZ TREVIÑO (RUBRICA). APROBACIÓN: 10 de diciembre de 2008 PUBLICACIÓN: 01 de enero de 2009 VIGENCIA: El presente Reglamento entrará en vigor el primero de enero de dos mil nueve. REFORMAS Y ADICIONES Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se reforma el artículo 11 en su fracción I del Reglamento de Coordinación y Participación Catastral del Estado de México. Publicado el 5 de enero de 2012, entrando en vigor el día primero de enero del año dos mil doce. Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se reforma el artículo 11 en su fracción IV del Reglamento de Coordinación y Participación Catastral del Estado de México. Publicado en la Gaceta del Gobierno el 21 de enero de 2013; entrando en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

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