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Artículo 32 del Reglamento de Coordinación y Participación Catastral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si las autoridades que trabajan en el catastro (el registro de terrenos y propiedades) del estado o del municipio no cumplen con lo que dice este reglamento, se meterán en problemas. Esas autoridades recibirán un castigo según lo que marca la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos. En otras palabras, si un funcionario hace algo mal o no respeta las reglas aquí establecidas, lo van a sancionar.

Texto oficial

Artículo 32.- Las autoridades catastrales estatal y municipales, que en el ejercicio de sus competencias y funciones contravengan lo establecido por el presente Reglamento se harán acreedores a las sanciones previstas por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y de los Municipios.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.