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Artículo 38 del Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los que forman parte del Sistema Estatal (como policías, autoridades y dependencias) deben dar todos los datos que se necesiten para tener al día el Banco de Datos, que es como un archivo o base de información. Esto deben hacerlo siguiendo las reglas que dicte la Agencia de Seguridad Estatal, que es la oficina encargada de esto. En pocas palabras, si formas parte de este sistema, tienes la obligación de compartir información para que todo esté actualizado y ordenado.

Texto oficial

ARTÍCULO 38.- Los integrantes del Sistema Estatal proporcionarán la información necesaria para mantener actualizado el Banco de Datos, de conformidad con los lineamientos que para tal efecto emita la Agencia de Seguridad Estatal. CAPÍTULO II SECCIÓN PRIMERA DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.