- Ley
- Reglamento para otorgar Concesiones del Estado de México
- Artículo
- 17
Artículo 17 del Reglamento para otorgar Concesiones del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando la Subsecretaría recibe la solicitud de la usuaria, ella decide quiénes van a formar parte del Comité, siempre y cuando haya más personas involucradas además de las principales. Esto significa que si en el asunto hay otras personas o grupos que también participan, la autoridad los va a incluir al armar el equipo.
Texto oficial
Artículo 17. La Subsecretaría al resolver la solicitud de la Usuaria, definirá la integración del Comité, cuando haya participantes adicionales.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.