Artículo 6 del Reglamento para otorgar Concesiones del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno te da permiso por escrito para que uses un bien o prestes un servicio, y ese permiso se llama "título de concesión". Ahí viene claro para qué te sirve y hasta dónde puedes llegar con eso. El Comité decide cuánto dura ese permiso, pero tiene que asegurarse de que en ese tiempo recuperes todo lo que invertiste en el asunto. No puede durar más de 25 años, aunque si tu inversión es chica, el plazo puede ser más corto.
Texto oficial
Artículo 6. Las concesiones de bienes o servicios se otorgarán por escrito mediante título de concesión, donde se establecerá el objeto y alcance de las mismas. El Comité establecerá la vigencia del título de concesión, en forma tal que durante ese lapso el concesionario recupere totalmente la inversión que deba hacer en razón directa del bien o servicio de que se trate; la cual no podrá exceder de veinticinco años.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.