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Artículo 49 del Reglamento de Inspección del Trabajo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando las autoridades del trabajo van a poner una multa, deben seguir las reglas de los artículos 992 al 1006 de la Ley Federal del Trabajo. Para decidir cuánto cobrar, toman en cuenta cuatro cosas: qué tan grave fue la falta, el daño que les causó a los trabajadores, si la empresa o persona tiene dinero para pagar y si ya había cometido la misma falta antes, y las razones específicas por las que se aplica ese castigo.

Texto oficial

Artículo 49.- Para la cuantificación de las sanciones, las autoridades del trabajo se sujetarán a lo dispuesto por los artículos 992 al 1006 de la Ley Federal del Trabajo, tomando en consideración los siguientes elementos: I.- La gravedad de la infracción cometida, o del acto u omisión que motive la imposición de la multa; II.- Los perjuicios ocasionados a los trabajadores por las violaciones cometidas; III.- La capacidad económica del sujeto sancionado y la reincidencia, en su caso; y IV.- Las circunstancias y razones por las que se aplica al caso concreto el monto de la sanción.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.