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Artículo 33 del Reglamento de Becas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Subsecretaría, por medio de la Dirección General de Administración y Finanzas, se encarga de hacer varias cosas: cumple y vigila que se sigan las decisiones del Comité, propone el plan anual de becas según los diferentes niveles educativos, prepara las convocatorias para que la gente pueda pedir becas, y junta los papeles que el Comité necesita para decidir si alguien recibe o renueva una beca, incluyendo quejas de los interesados. También lleva las cuentas y controla el dinero del programa de becas. En pocas palabras, es la que se encarga de que todo el proceso de becas funcione bien.

Texto oficial

Artículo 33.- Corresponde a la Subsecretaría, a través de la Dirección General de Administración y Finanzas, el desarrollo de las funciones siguientes: I. Ejecutar y vigilar el cumplimiento de los acuerdos emitidos por el Comité; II. Proponer al Comité el Programa Anual, en sus diversos tipos y montos de acuerdo a los niveles y modalidades educativas; III. Elaborar y someter a la consideración del Comité, las convocatorias para la asignación de becas; IV. Preparar la documentación que requiera el Comité para dictaminar sobre la asignación y renovación de becas, así como de las inconformidades presentadas por los interesados; V. Llevar la contabilidad y control presupuestal del programa de becas; VI. Todas aquellas que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.