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Artículo 39 del Reglamento de Becas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que puedes cometer una infracción y perder tu beca si haces cualquiera de estas cosas: modificar documentos que pediste para la beca, dar información falsa para obtenerla, cometer un delito intencional que te lleve a la cárcel, agredir física o moralmente a compañeros, maestros o autoridades, abandonar la escuela por más de 20 días sin una razón válida, no respetar los reglamentos de tu escuela, o desobedecer las reglas de este reglamento.

Texto oficial

Artículo 39.- Para efectos de este reglamento, son infracciones: I. Alterar documentos considerados entre los requisitos para la asignación o renovación de becas; II. Proporcionar información falsa para obtener una beca; III. Incurrir en la comisión de algún delito intencional que amerite pena privativa de la libertad; IV. Atentar contra la integridad física o moral de sus compañeros, profesores o autoridades educativas; V. Abandonar los estudios que realiza sin causa justificada por más de 20 días del calendario escolar; VI. Incumplir con los reglamentos y demás disposiciones internas de la institución educativa en la que se encuentre becado; VII. No acatar las disposiciones del presente reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.