Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 40 del Reglamento de Becas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te atoras en alguna falta del reglamento de becas, te pueden castigar de dos maneras: suspenderte la beca por un tiempo o cancelártela definitivamente. Quien decide el castigo es la Unidad de Becas, y no lo hace a lo loco: tiene que darte una explicación por escrito, bien razonada y basada en las reglas. Además, antes de aplicarte la sanción, deben tomar en cuenta tu situación personal y cómo fue que cometiste la falta. Eso significa que no es automático, sino que analizan tu caso antes de decidir.

Texto oficial

Artículo 40.- Las infracciones a este reglamento podrán ser sancionadas con: I. Suspensión temporal de la beca; II. Cancelación de la beca. La Unidad de Becas, será la autoridad responsable para aplicar las sanciones a que se refiere el presente reglamento, y lo hará mediante resolución fundada y motivada, en la que se consideren las circunstancias personales del becario y las condiciones en las que se cometió la infracción. SECCION SEGUNDA DEL RECURSO DE INCONFORMIDAD

Ver ley oficial en el DOF (pág. 12) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.