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Artículo 1 del Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas que vienen a continuación sirven para detallar cómo se aplica la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México. Quien tiene la autoridad para explicar y hacer cumplir estas reglas (en lo administrativo) es el Gobernador del Estado, pero él lo hace a través de la Secretaría de Educación, específicamente por medio del Instituto Mexiquense de Cultura Física y Deporte. En pocas palabras, el Instituto es el encargado de poner en práctica todo lo relacionado con el deporte y la activación física en el Estado de México.

Texto oficial

Artículo 1. El presente ordenamiento tiene par objeto reglamentar las disposiciones de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México. Su aplicación e interpretación para efectos administrativos es facultad del Gobernador del Estado a través de la Secretaría de Educación por conducto del Instituto Mexiquense de Cultura Física y Deporte.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.