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Artículo 25 del Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las reglas que vienen a continuación sirven para repartir los apoyos y estímulos (como becas, equipamiento o capacitación) que tienen como objetivo promover y desarrollar el deporte y la cultura física en el Estado de México. Además de esos apoyos que ya están marcados en la ley, el Instituto encargado del deporte también puede dar dos cosas extra: la primera es asesoría para que tú puedas hacer trámites con diferentes organizaciones deportivas, y la segunda es ayuda para que armes tus planes y programas de trabajo. En palabras simples, no solo te dan recursos económicos, también te pueden orientar con los papeleos y a organizar tus proyectos.

Texto oficial

Artículo 25. El presente título norma los mecanismos para la asignación de los apoyos y estímulos destinados a la promoción, fomento, desarrollo y capacitación de la cultura física y el deporte en el Estado de México, que además de los apoyos: y estímulos previstos en el Capítulo Noveno de la Ley, el Instituto podrá otorgar: I. Asesoría en gestiones ante distintas instancias deportivas; y II. Asesoría en la elaboración de planes y programas de trabajo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.