Artículo 73 del Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto va a crear un fideicomiso, que es como una caja de ahorro especial para juntar dinero, o un fondo, con la ayuda del área que maneja la lana y el papeleo. Antes de crearlo, el jefe máximo del Instituto y el grupo que lo gobierna tienen que dar el visto bueno y revisarlo. La idea de ese dinero es construir, cuidar y darle mantenimiento a las canchas, gimnasios y demás instalaciones deportivas que están a cargo del Instituto. En pocas palabras, buscan juntar recursos para que los lugares donde se hace deporte estén en buen estado.
Texto oficial
Artículo 73. El Instituto, a través del área administrativa y financiera, promoverá la creación de un fideicomiso o fondo, que estará sujeto a la revisión par parte del Director General y a la autorización por parte del órgano de gobierno del Instituto, con el objetivo de promover la construcción, conservación y mantenimiento de las instalaciones deportivas a cargo del Instituto. TÍTULO SÉPTIMO DEL COMITÉ ESTATAL ANTIDOPAJE, DEL CONTROL DE SUSTANCIAS PROHIBIDAS Y MÉTODOS NO REGLAMENTARIOS EN EL DEPORTE CAPÍTULO PRIMERO DEL DOPING Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 26 de noviembre de 2007. Última reforma POGG Sin reforma
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