- Ley
- Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
- Artículo
- 76
Artículo 76 del Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cada seis meses, el Comité Estatal Antidopaje debe dar a conocer la lista de substancias y métodos que están prohibidos por considerarse doping. Esa lista se publica en la Gaceta del Gobierno, que es como el periódico oficial del estado donde se anuncian las leyes y avisos importantes. Así, cualquier persona puede consultar qué está prohibido en el deporte.
Texto oficial
Artículo 76. La lista de substancias y métodos considerados doping será emitida en forma semestral por el Comité Estatal Antidopaje y publicada en la Gaceta del Gobierno. CAPÍTULO SEGUNDO DEL COMITÉ ESTATAL ANTIDOPAJE
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.