Artículo 10 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, junto con los municipios, va a crear reglas y métodos claros para identificar a los grupos que necesitan más apoyo, como personas en situación vulnerable. Esto lo hacen para que la política de desarrollo social sea más justa y equilibrada. Además, pueden usar como guía los criterios que ya emitió un consejo nacional que evalúa estas políticas. En pocas palabras, buscan que nadie se quede fuera y que todos reciban la ayuda que les toca.
Texto oficial
Artículo 10.- La Secretaría con la participación de los municipios, emitirá los lineamientos técnicos y metodológicos para identificar a los grupos o sectores de atención especial con la finalidad de contribuir al cumplimiento de los principios de equidad y equilibrio de la Política de Estado para el desarrollo social, pudiendo tomar como base los criterios emitidos por el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social. CAPÍTULO TERCERO DE LA PLANEACIÓN, PROGRAMACIÓN Y PUBLICIDAD DEL DESARROLLO SOCIAL Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 04 de mayo de 2006. Última reforma POGG 25 de marzo de 2022 REGLAMENTO DE LEY DE DESARROLLO SOCIAL DEL ESTADO DE MEXICO 6
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