Artículo 15 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno del estado y los ayuntamientos deben publicar en su gaceta oficial los programas estatales y municipales que les toquen, junto con sus reglas de operación. También tienen que poner esa información al alcance de la gente, como lo indica la Ley de Transparencia, usando el Manual Ciudadano para que sea fácil de entender.
Texto oficial
Artículo 15.- La Secretaría y los ayuntamientos publicarán en el órgano oficial de difusión respectivo, los programas Estatal y Municipal en el ámbito de su competencia, así como sus reglas de operación, y deberán ponerlos a disposición de la ciudadanía en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México, mediante el Manual Ciudadano.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.