Artículo 2 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo define términos importantes de un reglamento para que todos los entiendan igual. - **Exclusión social**: es cuando una persona no puede integrarse bien a la sociedad por su género, origen, edad o discapacidad, y eso afecta su acceso a educación, salud, vivienda o comida. - **Ley de Planeación**: es la ley que organiza cómo se planea el desarrollo en el Estado de México y sus municipios. - **Programa Estatal**: es el programa oficial para el desarrollo social y contra la pobreza a nivel estado. - **Programa Municipal**: es el mismo tipo de programa, pero a nivel de cada municipio. - **Redes Sociales**: son grupos de organizaciones que se ayudan entre sí y con otras para cumplir sus metas sociales. - **Reglamento**: es el conjunto de reglas que acompañan a la Ley de Desarrollo Social. - **Reglas de Operación**: son los lineamientos específicos para echar a andar programas y proyectos sociales. - **Secretaría**: se refiere a la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de México. - **Subcomité**: es un grupo dentro del COPLADEM que se encarga de los temas de desarrollo social.
Texto oficial
Artículo 2.- Para los efectos de este reglamento, además de las contenidas en la Ley de Desarrollo Social del Estado de México, se entenderá por: I. Exclusión social, Escasa integración institucional causada por cuestiones de género, etnicidad, edad o discapacidad y se relaciona con satisfactores sociales básicos como educación, salud, vivienda y alimentación; II. Ley de Planeación: A la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; III. Programa Estatal: Al Programa de Desarrollo Social y Combate a la Pobreza; IV. Programa Municipal: Al Programa de Desarrollo Social Municipal; V. Redes Sociales: A la agrupación de organizaciones que se apoyan entre sí, prestan servicios de apoyo a otras para el cumplimiento de su objeto social y fomentan la creación y asociación de organizaciones; VI. Reglamento: Al Reglamento de la Ley de Desarrollo Social; VII. Reglas de Operación: A los criterios específicos de operación de los diversos programas y proyectos de carácter social; VIII. Secretaría: A la Secretaría de Desarrollo Social del Estado México, y IX. Subcomité: Al Subcomité del COPLADEM que trate los asuntos relativos al Desarrollo Social.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.