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Artículo 25 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las oficinas del gobierno y los municipios deben publicar las reglas de cómo funcionan los programas de apoyo social en la Gaceta del Gobierno, a más tardar cinco días hábiles después de que la Secretaría les dé el visto bueno. Además, tienen que poner esas reglas a tu alcance, como lo marca la Ley de Transparencia del Estado de México, y también incluirlas en el Manual Ciudadano. Esto es para que tú puedas saber cómo participar, quién puede recibir el apoyo y qué requisitos necesitas cumplir. En resumen, buscan que la información sea clara y accesible para todos.

Texto oficial

Artículo 25.- Las dependencias y los municipios publicarán en el órgano oficial de difusión respectivo, las reglas de operación de los programas de desarrollo social, dentro de los cinco días hábiles posteriores a que obtengan la autorización de la Secretaría y deberán ponerlas a disposición de la ciudadanía en términos de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México e incluirlas en el Manual Ciudadano.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.