Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 5 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría, junto con el COPLADEM (Comité de Planeación para el Desarrollo del Estado de México) y sus grupos de apoyo, se encarga de organizar y revisar todos los programas, proyectos y acciones de desarrollo social que se hagan en el estado. Esto lo hace para asegurarse de que se cumpla lo que dice esta Ley. Básicamente, es como quien supervisa que todo lo que se haga en beneficio social esté bien planeado y funcione.

Texto oficial

Artículo 5.- La Secretaría, en el seno del COPLADEM y de sus instancias auxiliares, coordinará y evaluará los programas, proyectos y acciones de desarrollo social que se apliquen en el Estado, para garantizar el cumplimiento del objeto de la Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.