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Artículo 10 del Reglamento del Sistema Estatal de Desarrollo Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe de la Secretaría será quien dirija las juntas (sesiones) y va a escoger a un trabajador de la misma dependencia para que sea el Secretario Técnico, o sea, la persona que ayuda a organizar y tomar nota de lo que se acuerda en esas juntas. En pocas palabras, el mando principal decide quién lo va a apoyar en las reuniones.

Texto oficial

Artículo 10. El Titular de la Secretaría, presidirá las sesiones, quien nombrará como Secretario Técnico a un servidor público de su dependencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.