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Artículo 9 del Reglamento del Sistema Estatal de Desarrollo Social

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema Estatal debe reunirse por lo menos una vez al año para revisar el plan de trabajo y el presupuesto de gasto social. Estas reuniones normales tienen que seguir las reglas de la Ley de Planeación del Estado de México. También puede haber reuniones adicionales cuando sean necesarias, si las pide el Secretario o la mayoría de los miembros. En resumen, se juntan al año para planear y gastar bien los recursos, y pueden juntarse más veces si hace falta.

Texto oficial

Artículo 9. El Sistema Estatal, deberá sesionar de manera ordinaria, cuando menos una vez al año, en la cual se dará cuenta del Programa Anual de Trabajo, así como del Programa Anual de Gasto Social, los cuales deberán ser acordes con lo previsto en la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios y la Ley; de manera extraordinaria, sesionará cuantas veces se consideren necesarias, a solicitud del Titular de la Secretaría o de la mayoría de los integrantes del mismo.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.