Artículo 52 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 52 dice que para que el trabajo del municipio sea constante y los planes a futuro estén bien conectados, el Plan de Desarrollo Municipal debe decir con claridad lo que se quiere lograr en cada uno de los tres años que dura el gobierno. En otras palabras, no basta con tener una idea general de lo que se hará durante todo el periodo, sino que hay que especificar metas concretas para cada año. Así se evita que los proyectos se pierdan o cambien de golpe año con año.
Texto oficial
Artículo 52.- Para propiciar una continuidad en los esfuerzos que se realizan en la gestión municipal y promover la adecuada vinculación de las acciones a mediano y largo plazos, el Plan de Desarrollo Municipal deberá establecer en forma clara y específica los objetivos a lograr durante cada uno de los tres años que abarca el periodo de gobierno.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.