Artículo 53 del Reglamento de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Plan de Desarrollo Municipal debe organizarse usando el mismo formato que usa el gobierno del Estado de México. Esto es para que todos los planes (del estado y de los municipios) tengan la misma estructura y no se contradigan. Si un municipio necesita ayuda para hacerlo, la Secretaría le brinda asesoría y apoyo cuando lo pida. En pocas palabras, se busca que los municipios y el estado trabajen con el mismo sistema.
Texto oficial
Artículo 53.- El Plan de Desarrollo Municipal se conformará asumiendo una estructura programática lo más apegada a la utilizada en la administración del Gobierno del Estado de México, a efecto de homologar y dar congruencia al Sistema Estatal de Planeación Democrática para el Desarrollo; para lo cual la Secretaría proporcionará asesoría y asistencia a los municipios que así lo soliciten
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.