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Ley
Reglamento del Título Décimo del Libro Primero del Código Administrativo del Estado de México, “Del Testigo Social”
Artículo
1

Artículo 1 del Reglamento del Título Décimo del Libro Primero del Código Administrativo del Estado de México, “Del Testigo Social”

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la ley que estás viendo sirve para ponerle reglas a una parte del Código Administrativo del Estado de México. Esa parte habla sobre cómo un ciudadano común, llamado "Testigo Social", puede meterse a vigilar y opinar en los procesos donde el gobierno compra cosas o contrata servicios. El objetivo es que, gracias a este testigo, todo sea más claro y honesto.

Texto oficial

Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar las disposiciones del Título Décimo del Libro Primero del Código Administrativo del Estado de México, relativas a la participación del Testigo Social en los procedimientos adquisitivos de contratación pública.

Ver texto oficial del Reglamento del Título Décimo del Libro Primero del Código Administrativo del Estado de México, “Del Testigo Social” (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.