Artículo 1 del Reglamento del Título Décimo del Libro Primero del Código Administrativo del Estado de México, “Del Testigo Social”
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la ley que estás viendo sirve para ponerle reglas a una parte del Código Administrativo del Estado de México. Esa parte habla sobre cómo un ciudadano común, llamado "Testigo Social", puede meterse a vigilar y opinar en los procesos donde el gobierno compra cosas o contrata servicios. El objetivo es que, gracias a este testigo, todo sea más claro y honesto.
Texto oficial
Artículo 1.- El presente ordenamiento tiene por objeto reglamentar las disposiciones del Título Décimo del Libro Primero del Código Administrativo del Estado de México, relativas a la participación del Testigo Social en los procedimientos adquisitivos de contratación pública.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.