Artículo 10 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo Estatal siempre tendrá como miembros a los secretarios del gobierno del estado (como los de salud, educación o finanzas). Por otro lado, los representantes de grupos sociales y empresarios serán invitados por el Gobernador, y solo después de prometer cumplir con su cargo, se convertirán en integrantes oficiales.
Texto oficial
Artículo 10. Serán integrantes permanentes del Consejo Estatal, los titulares de las secretarías del Estado. Los representantes de los sectores social y privado ante el Consejo Estatal serán invitados por el Gobernador del Estado, quienes una vez que protesten el cargo, serán integrantes del mismo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.