Artículo 20 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los Consejos Municipales son los grupos de personas que se encargan de tomar decisiones para el municipio. Su trabajo debe seguir al pie de la letra lo que dice la Ley Orgánica Municipal y el Código Administrativo, que son como los reglamentos locales. Esto quiere decir que no pueden actuar a su libre albedrío, sino que tienen que respetar esas reglas para todo lo que hagan. En pocas palabras, estos consejos deben formarse y funcionar exactamente como lo marcan dichas leyes.
Texto oficial
Artículo 20. Los Consejos Municipales se integrarán y sujetarán su actuación con apego a lo establecido por la Ley Orgánica Municipal y el Código Administrativo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.