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Ley
Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Artículo
20

Artículo 20 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Consejos Municipales son los grupos de personas que se encargan de tomar decisiones para el municipio. Su trabajo debe seguir al pie de la letra lo que dice la Ley Orgánica Municipal y el Código Administrativo, que son como los reglamentos locales. Esto quiere decir que no pueden actuar a su libre albedrío, sino que tienen que respetar esas reglas para todo lo que hagan. En pocas palabras, estos consejos deben formarse y funcionar exactamente como lo marcan dichas leyes.

Texto oficial

Artículo 20. Los Consejos Municipales se integrarán y sujetarán su actuación con apego a lo establecido por la Ley Orgánica Municipal y el Código Administrativo.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México (pág. 13) ↗

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