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Artículo 31 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando ocurra una emergencia (como un sismo o incendio) en tu edificio o casa, tú y los demás ocupantes deben seguir las reglas de protección civil que la Coordinación General establezca. También deben cumplir con lo que diga el plan interno de seguridad de tu propio inmueble. Esto aplica para acciones de prevención, ayuda y recuperación fuera del edificio. En pocas palabras, no inventes qué hacer: sigue lo que digan las autoridades y el programa de tu lugar.

Texto oficial

Artículo 31. Las acciones de prevención, auxilio y recuperación al exterior de sus respectivos inmuebles, las realizarán con base en las directrices que en materia de protección civil emita la Coordinación General, así como con el contenido de sus respectivos programas internos o específicos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.