Artículo 32 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las unidades internas de protección civil (como las brigadas de una empresa o escuela) deben hacer sus propios planes de emergencia. Estos planes tienen que seguir las reglas que ponga la Norma Técnica de la Coordinación General. Esa norma es como un instructivo oficial que dice cómo deben ser esos programas para que todos estén preparados ante un desastre. En pocas palabras, cada lugar debe tener su plan, pero siguiendo lo que marca la autoridad.
Texto oficial
Artículo 32. Las unidades internas de protección civil elaborarán sus programas específicos o internos de acuerdo a los lineamientos que se indiquen en la Norma Técnica que emita la Coordinación General.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.