Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 33 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Coordinación General va a hacer y publicar en la Gaceta del Gobierno una regla técnica que explica cómo crear los programas de protección civil para empresas o lugares específicos. Esto sirve para que todos sigan el mismo formato al armar sus planes de emergencia. El objetivo es que cualquier organización sepa exactamente qué pasos debe seguir para protegerse ante desastres. La norma estará disponible para que cualquiera pueda consultarla sin costo.

Texto oficial

Artículo 33. Para los efectos de lo establecido en el artículo anterior, la Coordinación General elaborará y publicará en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” la Norma Técnica para la elaboración de programas internos o específicos de protección civil. TÍTULO TERCERO DE LOS SIMULACROS Y SEÑALIZACIÓN CAPÍTULO PRIMERO DE LOS SIMULACROS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.