- Ley
- Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
- Artículo
- 45
Artículo 45 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando pidas permiso para empezar a operar y entregues todos los papeles que te piden, la Coordinación General tiene máximo 5 días hábiles para darte una respuesta. Días hábiles son los días de lunes a viernes, sin contar sábados, domingos ni días festivos. Si cumples con todo, en ese tiempo te deben decir si ya puedes arrancar o no.
Texto oficial
Artículo 45. Presentada la solicitud de autorización de inicio de operaciones con la documentación correspondiente, la Coordinación General resolverá lo conducente dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a la fecha de presentación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.