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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl45/45
Ley
Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Artículo
45

Artículo 45 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pidas permiso para empezar a operar y entregues todos los papeles que te piden, la Coordinación General tiene máximo 5 días hábiles para darte una respuesta. Días hábiles son los días de lunes a viernes, sin contar sábados, domingos ni días festivos. Si cumples con todo, en ese tiempo te deben decir si ya puedes arrancar o no.

Texto oficial

Artículo 45. Presentada la solicitud de autorización de inicio de operaciones con la documentación correspondiente, la Coordinación General resolverá lo conducente dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a la fecha de presentación.

Ver texto oficial del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México (pág. 18) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.