Artículo 61 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría, por medio de la Coordinación General, va a crear un registro donde se va a guardar de forma ordenada los datos que den tanto el gobierno como las empresas, los que ofrecen servicios, los voluntarios y los grupos de apoyo entre personas. Esto es como un directorio organizado para tener toda la información junta.
Texto oficial
Artículo 61. La Secretaría a través de la Coordinación General establecerá el registro en el que se inscribirá de manera sistematizada la información proporcionada por el sector público y privado, los prestadores de servicios, los grupos voluntarios y los grupos de ayuda mutua.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.