Artículo 81 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
La Secretaría, por medio de su jefe, puede llevar al Consejo Estatal una propuesta del Programa Estatal. El Consejo la va a revisar y, si le parece bien, la va a aprobar. No quiere decir que siempre se apruebe, solo que se analiza primero. Es como cuando tú propones algo y esperas que te den el visto bueno.
Texto oficial
Artículo 81. La Secretaría a través de su titular, podrá presentar ante el Consejo Estatal la propuesta del Programa Estatal, para su análisis y aprobación en su caso.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.