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Artículo 91 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando parece que un desastre está a punto de pasar o es casi seguro que va a ocurrir, y eso pone en peligro a la gente, el Gobernador del Estado le tiene que pedir al Gobierno Federal que emita una declaratoria de emergencia. También debe solicitar que le manden dinero para reducir los efectos del posible desastre y para atender de volada las necesidades más urgentes que surjan, todo siguiendo las reglas que aplican en estos casos.

Texto oficial

Artículo 91. Ante la inminencia o alta probabilidad de que ocurra un desastre que ponga en riesgo a la población, el Gobernador del Estado solicitará al Gobierno Federal la emisión de una declaratoria de emergencia, así como el apoyo de recursos económicos para atenuar los efectos del posible desastre y para responder en forma inmediata a las necesidades urgentes generadas por un desastre en términos de las disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.