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Artículo 95 del Reglamento del Libro Sexto del Código Administrativo del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si trabajas en el gobierno o en un grupo de voluntarios de protección civil, tienes la obligación de entregarle a la Secretaría cualquier información que te pidan sobre el tema. Esa información se la tienes que pasar por medio de la Coordinación General, y servirá para que la agreguen al Sistema Estatal de Protección Civil. En otras palabras, si te solicitan datos, no puedes negarte a darlos, porque son necesarios para tener todo ordenado y saber cómo actuar en caso de emergencias.

Texto oficial

Artículo 95. El sector público y los grupos voluntarios proporcionarán a la Secretaría a través de la Coordinación General, la información que les requiera en materia de protección civil, para ser incorporada al Sistema Estatal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.