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Artículo 2 del Reglamento de la Ley Registral para el Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todas las partes del Instituto, como las oficinas y áreas de trabajo, tienen que seguir lo que dicen la Ley, el Código, este Reglamento y otras reglas relacionadas. Eso significa que nadie se puede salir del manual, todos deben aplicar las mismas reglas para que el sistema funcione parejo. Básicamente, es como ponerse de acuerdo en las instrucciones para no improvisar.

Texto oficial

Artículo 2.- El Instituto, las Oficinas Registrales y Unidades Administrativas que lo integran, aplicarán las disposiciones establecidas en la Ley, Código, el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.