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Artículo 23 del Reglamento de la Ley de la Juventud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Plan Integral es como un mapa de trabajo para mejorar la vida de los jóvenes de un estado. Según el artículo, ese plan debe incluir varios puntos clave, como la política estatal para jóvenes y los objetivos, prioridades y estrategias para ayudarles a desarrollarse. También tiene que tener acciones concretas, un diagnóstico de cómo están los jóvenes actualmente, y las formas en que las dependencias del gobierno trabajarán juntas. Por último, debe decir quiénes son los encargados de ponerlo en práctica y darle seguimiento. En pocas palabras, este artículo obliga a que el plan esté bien organizado y tenga responsables claros.

Texto oficial

Artículo 23.- El Plan Integral deberá contener, entre otros rubros, los siguientes: I. La política estatal en materia de desarrollo juvenil. II. Los objetivos, prioridades, estrategias y metas para promover, fomentar y estimular el desarrollo de los jóvenes. III. Las líneas de acción específicas, con base en las cuales se ejecutará el Plan Integral. IV. El diagnóstico de la situación en que se encuentran los jóvenes. V. Las acciones de coordinación y concertación que habrán de promoverse en las dependencias y organismos auxiliares, de acuerdo con su ámbito de competencia. VI. Los responsables de la aplicación, ejecución y seguimiento del Plan Integral.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.