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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_rgl479/22
Ley
Reglamento de la Ley de la Juventud del Estado de México
Artículo
22

Artículo 22 del Reglamento de la Ley de la Juventud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Plan Integral es un documento que se debe entregar al Consejo en la primera junta normal del año cuando se esté creando. Las sesiones ordinarias son reuniones que ya están programadas de forma regular. Básicamente, tienes que llevar ese plan a la primera reunión del año, sin falta.

Texto oficial

Artículo 22.- El Plan Integral deberá presentarse al Consejo en la primera sesión ordinaria del año en que se formule.

Ver texto oficial del Reglamento de la Ley de la Juventud del Estado de México (pág. 7) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.