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Artículo 21 del Reglamento de la Ley de la Juventud del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para hacer y llevar a cabo el Plan Integral, pueden sumarse otras oficinas de gobierno y organizaciones que ayuden. Siempre y cuando los programas y actividades de esas dependencias sirvan para atender a los jóvenes. En pocas palabras, cualquier institución pública que tenga algo que aportar puede colaborar.

Texto oficial

Artículo 21.- En la elaboración y ejecución del Plan Integral podrán participar las demás dependencias y organismos auxiliares cuyos programas y acciones contribuyan a la atención de los jóvenes.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.