Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 114 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La empresa de agua tiene máximo 10 días hábiles (contando solo días entre semana, sin festivos) para ir a revisar tu casa o terreno desde que recibe tu solicitud. Van a checar las tuberías y conexiones para decidir si te pueden dar el permiso para conectarte a la red. Si todo está en orden, te autorizan la conexión, pero primero tienes que pagar los impuestos o derechos que correspondan. También pueden pedirte que les muestres los papeles de tus instalaciones de agua.

Texto oficial

Artículo 114. Dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la solicitud, el prestador del servicio realizará una inspección en los predios involucrados en la misma para verificar las instalaciones hidráulicas y la pertinencia o no de autorizar la derivación. De no encontrar razones que la contravengan, emitirá la autorización correspondiente, previo pago de las contribuciones que resulten. El prestador del servicio podrá requerir al solicitante que le muestre los documentos relacionados con las instalaciones hidráulicas que eventualmente estarían involucradas en la derivación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 43) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.