Artículo 207 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres pedir más tiempo para una concesión, debes entregar tu solicitud por lo menos 90 días antes de que se venza el plazo. Si la autoridad te la aprueba, tienes que hacer el trámite para renovar los permisos, licencias o autorizaciones relacionados, pero solo tienes 10 días para hacerlo después de que te notifiquen que te dieron el sí.
Texto oficial
Artículo 207. La solicitud de ampliación del plazo deberá presentarse con al menos noventa días de anticipación a la fecha de vencimiento del mismo. De resultar aprobada, el solicitante deberá realizar el trámite correspondiente a las solicitudes de prórroga respecto de las autorizaciones, licencias y/o permisos relacionados con el objeto de la concesión, dentro de los diez días siguientes a aquél en que tenga lugar la notificación del fallo de la autoridad concedente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.