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Artículo 220 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si no puedes corregir un error o entregar los papeles que te pide una autoridad dentro del tiempo que te dieron, puedes pedir una prórroga, es decir, más tiempo. Para eso, tienes que explicar por escrito las razones por las que no pudiste cumplir. La autoridad revisará tu caso y decidirá si te da más días o no. Si te la conceden, ese tiempo extra no puede ser mayor al plazo que ya te habían dado originalmente.

Texto oficial

Artículo 220. Cuando el interesado esté materialmente imposibilitado para subsanar las deficiencias o presentar la documentación requerida por la autoridad, dentro del plazo señalado, podrá solicitar una prórroga, debiendo expresar las razones que sustentan su solicitud. La autoridad podrá autorizar o denegar la prórroga solicitada, considerando las circunstancias particulares de la solicitud, en cuyo caso, de ser procedente ésta no podrá exceder el termino concedido en el artículo que antecede.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 75) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.