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Artículo 244 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un permiso o contrato relacionado con el agua se cancela, se detiene temporalmente o se declara inválido, eso se debe publicar en la Gaceta del Gobierno (que es como el periódico oficial del estado) y también anotarlo en el Registro Público del Agua, que es donde se guardan todos los papeles importantes del agua. Así, la gente queda enterada de que ya no está vigente.

Texto oficial

Artículo 244. El instrumento legal que se declare rescindido, suspendido o nulo, será publicado en el periódico oficial, “Gaceta del Gobierno” e inscrito en el Registro Público del Agua. CAPÍTULO CUARTO DE LOS PERMISOS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 80) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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