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Artículo 246 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres un permiso para cada tipo de actividad (como verter aguas residuales), tienes que pedirlo por separado para cada una. Además de los documentos que ya pide el reglamento para ese permiso, debes entregar: 1) tu identificación oficial o la de tu representante legal; y 2) si es una empresa u organización, el acta constitutiva que muestre que su giro tiene que ver con el permiso, y un documento notarial que compruebe que el representante legal sí tiene autoridad para hacer el trámite.

Texto oficial

Artículo 246. La solicitud se presentará de manera independiente para cada tipo de permiso y se acompañará de la documentación que se señala para cada uno en el presente Reglamento, además de la siguiente: I. Identificación oficial del solicitante y/o de su representante legal. II. Tratándose de una persona jurídica colectiva, copia del acta constitutiva, cuyo objeto sea afín con el permiso que se pretende y del instrumento notarial que acredite las facultades del representante legal. Sección Primera Del Permiso para Descarga de Aguas Residuales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 81) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.