Artículo 263 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La conciliación es un proceso para resolver problemas entre dos personas o empresas antes de llegar a un juicio, pero es totalmente voluntaria, nadie te puede obligar a participar. No te cuesta nada, es gratis, y quien ayuda a negociar debe ser neutral, sin tomar partido por nadie. Todo lo que se diga ahí es confidencial, no se puede contar fuera ni usarse en tu contra después. Además, quien dirige la conciliación tiene que ser imparcial, es decir, tratar a ambas partes por igual.
Texto oficial
Artículo 263. La conciliación es voluntaria, por lo que no podrá ser impuesta a persona alguna, ya sea física o jurídica colectiva y se rige por los principios de voluntariedad, gratuidad, neutralidad, confidencialidad e imparcialidad.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.