Artículo 262 del Reglamento de la Ley del Agua para el Estado de México y Municipios
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Puedes pedir una conciliación incluso antes de demandar a alguien en un juicio. La única condición es que tú y la otra persona estén de acuerdo en resolver el problema con ayuda de un conciliador. No importa que no hayas ido a los tribunales, igual puedes usar este método. Así ahorras tiempo y evitas un pleito legal desde el principio. La conciliación es voluntaria, nadie te puede obligar.
Texto oficial
Artículo 262. La conciliación puede llevarse a cabo aun antes de iniciar cualquier proceso judicial, con la única condición de que las partes manifiesten su voluntad de hacer uso de dicho medio para la solución de las controversias.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.